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¿Qué se entiende por el “bien común”?

Por: Dr. Ricardo Rojas

El “bien común” es una expresión a la cual se le han dado múltiples sentidos en la filosofía social, en la política, y también en el derecho.

Básicamente remite a algo que se pretende que es bueno o beneficioso para todos los integrantes de una sociedad o comunidad. En general se ha entendido que propenden al bien común determinadas normas abstractas o instituciones que contribuyen a que las personas puedan gozar más acabadamente de sus derechos, estén protegidas de agresiones físicas o morales, o se vean facilitados sus esfuerzos para alcanzar su propia felicidad.

Una visión liberal del “bien común” lo hace descansar exclusivamente en circunstancias generales basadas en el respeto a la personalidad y la individualidad, y no en la producción de un bienestar concreto. No es un determinado nivel de bienestar material lo que debería buscarse, entre otras cosas, porque como el gobierno en realidad no dispone de ningún recurso o riqueza creados por sí mismo, sólo podría proporcionar bienestar efectivo a determinadas personas con recursos quitados a otras, con lo cual en definitiva estaría generando el bien de algunos a expensas del bien de otros.

En cambio, una adecuada concepción del bien común lo vincula con la creación de las condiciones adecuadas para que cada cual busque ese bienestar por sus propios medios, lo consiga o no. Reglas, normas o instituciones que contribuyen a que cada uno persiga sus valores con mayor libertad, contribuyen al bien común, independientemente de los resultados individuales de su aplicación.

Un gobierno limitado a proteger derechos, un sistema judicial destinado a resolver conflictos respetando el derecho de cada uno, normas sancionadas para garantizar el uso y goce de la propiedad individual, son instituciones que propenden al bien común.

De allí la distinción con otras visiones proactivas de “bien común” o “bienestar general”, que pretenden que sea la autoridad política, aún compulsivamente, la que provea a todos con un cierto bienestar básico de manera positiva, de modo tal que a partir de allí puedan desarrollar sus propios valores.

Es la visión colectivista del bien común, aquel que debe ser provisto por la “sociedad”, por la “Nación” o el “Estado”. Es el concepto de “bien común” que nos viene de Platón, y de la idea de una comunidad organizada pensando en la búsqueda de la mayor felicidad para el mayor número y no pensando en la felicidad individual de sus integrantes. Algo que fue tan claramente criticado por Karl Popper (La sociedad abierta y sus enemigos), señalando cómo una visión tal puede rápidamente conducir al autoritarismo y la dictadura.

Los filósofos morales escoceses (Adam Smith, David Hume, Adam Ferguson) comprendieron que la propia felicidad y el propio bien son las aspiraciones principales de cada persona. Pero alcanzarlos cada uno por su cuenta suele ser una tarea extremadamente difícil, cuando no imposible. La cooperación social, la división del trabajo, la asociación voluntaria, ayudan a cada persona a florecer y perseguir sus valores, contribuyendo al mismo tiempo a igual pretensión de los demás. De allí que todo lo que contribuye a fomentar tal cooperación debe incluirse dentro del concepto de bien común.

Los autores de la Escuela Austríaca de Economía, en especial Friedrich A. Hayek durante el siglo XX, tomaron esta idea de los escoceses y convinieron en que, en una sociedad libre, el bienestar general consiste principalmente en facilitar la persecución de fines individuales que no se conocen.

El aspecto principal de esta visión es el reconocimiento de que cada individuo tiene sus propios valores y busca alcanzar sus propias metas, de modo que ninguna autoridad está en condiciones de conocer cuáles son tales aspiraciones individuales, y por lo tanto, son incapaces de provocar un bienestar general o un bien común, a menos que se lo entienda como las condiciones abstractas básicas que permitan la búsqueda del bien individual.